El presidente Daniel Noboa estableció el toque de queda para nueve provincias y cuatro cantones de Ecuador mediante el Decreto Ejecutivo 370.
Esta medida impone restricciones en estas localidades y establece dos excepciones para la circulación.
El decreto especifica el día y la hora exacta de inicio.
Duración del toque de queda.
La restricción regirá desde las 23:00 del domingo 3 de mayo hasta las 05:00 del lunes 18 de mayo en las siguientes provincias:
Este contenido ha sido publicado originalmente por.
Guayas
Manabí
Santa Elena
Los Ríos
El Oro
Pichincha
Esmeraldas
Santo Domingo de los Tsáchilas
Sucumbíos
Además, se incluyen los cantones:
La Maná
Las Naves
Echeandía
La Troncal
Restricciones y suspensión de derechos.
El decreto modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 353 y establece la suspensión del derecho a la libertad de tránsito entre las 23:00 y las 05:00 durante el periodo mencionado.
También se suspende la inviolabilidad del domicilio y correspondencia, dentro del marco del estado de excepción.
Allanamientos y control policial.
La normativa permite a la fuerza pública realizar allanamientos inmediatos cuando existan indicios razonables sobre la presencia de grupos armados organizados, armas o explosivos.
Estas acciones deben respetar los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, así como el debido proceso.
En cuanto a la intervención de correspondencia, el decreto señala que se podrá realizar identificación, análisis y recopilación de información pertinente, caso por caso, con informes motivados que justifiquen cada acción. (I)
Fuente: evafm.net – elcomercio.com


