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mayo 3, 2026
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El presidente Daniel Noboa estableció el toque de queda para nueve provincias y cuatro cantones de Ecuador mediante el Decreto Ejecutivo 370.

Esta medida impone restricciones en estas localidades y establece dos excepciones para la circulación.

El decreto especifica el día y la hora exacta de inicio.

Duración del toque de queda.
La restricción regirá desde las 23:00 del domingo 3 de mayo hasta las 05:00 del lunes 18 de mayo en las siguientes provincias:
Este contenido ha sido publicado originalmente por.

Guayas
Manabí
Santa Elena
Los Ríos
El Oro
Pichincha
Esmeraldas
Santo Domingo de los Tsáchilas
Sucumbíos

Además, se incluyen los cantones:
La Maná
Las Naves
Echeandía
La Troncal

Restricciones y suspensión de derechos.

El decreto modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 353 y establece la suspensión del derecho a la libertad de tránsito entre las 23:00 y las 05:00 durante el periodo mencionado.
También se suspende la inviolabilidad del domicilio y correspondencia, dentro del marco del estado de excepción.

Allanamientos y control policial.

La normativa permite a la fuerza pública realizar allanamientos inmediatos cuando existan indicios razonables sobre la presencia de grupos armados organizados, armas o explosivos.

Estas acciones deben respetar los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, así como el debido proceso.

En cuanto a la intervención de correspondencia, el decreto señala que se podrá realizar identificación, análisis y recopilación de información pertinente, caso por caso, con informes motivados que justifiquen cada acción. (I)

Fuente: evafm.net – elcomercio.com

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