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Gobierno podría incluir enmiendas constitucionales

El presidente Guillermo Lasso ha manifestado que impulsará una iniciativa de consulta popular “sí o sí” en este año, aunque de manera general

ha mencionado que incluirá temas relacionados con políticas económicas para ejecutar su plan de gobierno, el CPCCS y la dolarización.

 

La Corte Constitucional en varios de sus fallos explicitó los mecanismos:

proceder con la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana.

En la sentencia 3-RC-19 del 1 de agosto de 2019, en donde se pedía un control de constitucionalidad para eliminar al

CPCCS de la estructura del Estado.

La corte determino:

“La propuesta de modificación constitucional para suprimir el Consejo de Participación Ciudadana y el consecuente traslado de su atribución

de designación de autoridades a la Asamblea Nacional, deberá ser tramitada por el mecanismo de reforma parcial previsto en el artículo 442 de la Constitución”.

 

el articulo establece que esta iniciativa -que puede ser planteada por el presidente de la República o por solicitud de la ciudadanía con el 1 % de firmas

de los ciudadanos inscritos en el registro electoral- deberá ser tramitado por la Asamblea en dos debates.

El segundo se realizará 90 días del primero, y de ser aprobado, se convocará a referéndum dentro de los 45 días siguientes.

 

Pablo Dávila, exvocal del CPCCS:

Se cumplió con el trámite formal, tanto en la CC como en la calificación de más de 300.000 en el Consejo Nacional Electoral (CNE)

pero no logró alcanzar los 91 votos para ser aprobado por la Legislatura.

 

Los temas de la consulta popular que se analizan en Carondelet:

Juan Fernando Flores legislador de CREO mediante un mensaje que dirigirá el mandatario para

“anunciar cuál es la línea que va a seguir el Ecuador, que explicarán hacia dónde vamos, cómo lo vamos a hacer

y cómo esperamos que el pueblo respalde esa propuesta”, se conocerían la próxima semana,

 

André Benavides constitucionalista:

el jefe de Estado puede consultar varios temas, con la limitante relacionada con derechos humanos y garantías jurisdiccionales.

Sin embargo, si plantea trasladar las funciones del CPCCS a la Asamblea

 podría utilizar la vía de la enmienda constitucional, como parte de su consulta.

 

“La consulta es el género, y tiene el plebiscito, en la cual se pueden hacer preguntas amplias y generales como ‘si está de acuerdo

con las peleas de gallos o con las corridas de toros’.

En un referéndum puede hacer dos cosas: pedir un pronunciamiento sobre leyes que no han sido aprobadas por la Asamblea

y lo segundo, reformar a través de una enmienda la Constitución.

 

Esta enmienda puede darse por tres procedimientos, por solicitud del presidente de la República, la iniciativa en la Asamblea y la iniciativa popular.

“En este caso, el presidente está facultado para enmendar la constitución y lo puede incluir en la consulta en su tipología de referéndum.

Y puede tranquilamente presentar una propuesta de enmienda dentro de la consulta”.

La enmienda no debe pasar por el trámite legislativo, sino que se aplica directamente al soberano.

Siendo así puede consultar vía enmienda a la Carta Política “trasladar las funciones de designación autoridades a la Asamblea”

puntualizo Benavides.(I)

 

Fuente: evafm.net