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Iván Espinel va a juicio por el delito de lavado de activos

El juez de Garantías Penales, Francisco Mendoza, dictó auto de llamamiento a juicio en contra de Iván Espinel, exministro de Bienestar Social este 21 de septiembre. A él se suman otros 3 procesados por presunta participación en el delito de lavado de activos. Con esto, el exministro deberá regresar a prisión y esperar el proceso.

La audiencia preparatoria de juicio se desarrolló en la Unidad Judicial Multicompetente de Samborondón. Allí, la Fiscalía General del Estado emitió dictamen acusatorio en contra de los procesados.

La fiscal de la Unidad Antilavado de Activos, Ivonne Proaño, sustentó su acusación con más de 30 elementos de convicción que harían presumir la participación de los procesados en el delito.

El perjuicio ascendería a los $ 770 mil.

El Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificados de la Unidad de Análisis Financiero y Económico —periodo 2010-2016—, el Informe con Indicios de Responsabilidad Penal remitido por la Contraloría General del Estado (2012-2016) y las declaraciones realizadas al Servicio de Rentas Internas, SRI, son parte de los elementos de convicción expuestos por la fiscal Proaño en la audiencia.

La Fiscalía señaló que Espinel adquirió un bien inmueble, ubicado en una urbanización privada en la vía a Samborondón, que está valorado en $ 335 mil. Según la Fiscalía este fue pagado en parte con un préstamo hipotecario del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, BIESS y la diferencia fue cancelada en efectivo.

De igual manera, la Fiscalía puntualizó ciertas irregularidades en los movimientos bancarios ya que el exministro no presentó documentos de respaldo de sus cuentas de ahorro y corriente. Estos valores fueron calculados en $ 63 mil.

De igual manera se dispuso la prisión preventiva de Walter A —implicado en el mismo delito—; mientras que a Johanna V. y Juan Carlos B., se les ratificó la prohibición de salida del país, el uso de dispositivo electrónico y la presentación periódica ante la autoridad judicial.

El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal y es sancionado con una pena privativa de libertad de hasta 13 años.

Fuente: expreso.ec