La decisión judicial clave sobre el recurso de habeas corpus correctivo solicitado por la defensa del exvicepresidente Jorge Glas se conoció este domingo 28 de diciembre de 2025, durante la audiencia convocada por el juez Jean Daniel Valverde, quien resolvió negar la acción constitucional.
La decisión judicial clave sobre el recurso de habeas corpus correctivo solicitado por la defensa del exvicepresidente Jorge Glas se conoció este domingo 28 de diciembre de 2025, durante la audiencia convocada por el juez Jean Daniel Valverde, quien resolvió negar la acción constitucional.
Niegan habeas corpus de Glas.
Antes de dar a conocer su dictamen, el magistrado mencionó los aspectos alegados por la defensa de Jorge Glas, , entre ellos que no existirían condiciones adecuadas para atender la situación médica del exvicepresidente.
Además, se denunció una presunta ausencia de tratamientos para afecciones como hongos en los pies, entre otras infecciones.
Otro de los planteamientos de la defensa se refería a presuntos tratos “crueles y denigrantes”, entre ellos la presencia de cámaras de vigilancia en la celda de Glas.
Asimismo, el juez también expuso lo informado por el Ministerio de Salud Pública, acerca de que Jorge Glas ha recibido un total de 40 atenciones médicas desde su traslado a El Encuentro, en un periodo de
47 días.
El MSP también presentó un informe consolidado que detallaba un total de 527 atenciones médicas brindadas a Jorge Glas en todos los niveles de atención, entre abril de 2024 y el 11 de noviembre de 2025.
La cartera de Estado aseguró contar con una planificación de atenciones médicas, así como con la realización de exámenes correspondientes.
Con todos los elementos expuestos, el juez Jean Daniel Valverde declaró improcedente la demanda de garantías jurisdiccionales en favor de Jorge Glas.
En su resolución, el magistrado consideró que no existe vulneración de derechos en contra del exvicepresidente.
Glas permanece recluido en la cárcel de máxima seguridad El Encuentro, en la provincia de Santa Elena, desde el pasado 10 de noviembre, tras haber sido trasladado por disposición del Gobierno de Daniel Noboa.
Juez dice que no hay vulneración de derechos.
En su resolución, el juez Valverde concluyó que, tras la verificación de los elementos presentados por la parte accionante, estos no fueron suficientes para determinar una violación de derechos.
En segundo lugar, al considerar los informes médicos, tratamientos, procedimientos y demás aspectos relacionados con la salud de Jorge Glas, el magistrado descartó que, al momento, exista una situación de gravedad que justifique su traslado a una casa de salud.
Por todo lo expuesto, el juzgador dijo que se formó «un criterio» y considerando los fundamentos de la demanda, así como de las intervenciones realizadas en esta audiencia, «que no existe vulneración de derechos constitucionales, de integridad personal, a la salud y demás derechos conexos» en contra de Glas.
«Administrado justicia, en nombre del pueblo soberano del Ecuador, por autoridad de la Constitución y de las leyes de la República, declaro improcedente la demanda de garantías jurisdiccionales correctivo», concluyó el juez. (I)
Fuente: evafm.net – vistazo.com


