NOTICIAS ECUADOR

Nulidad del caso Singue abre la puerta para libertad de Jorge Glas

Luego de que un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia declarase nulo todo lo actuado en el proceso judicial del caso Singue

la sentencia contra Jorge Glas y otras siete personas quedó insubsistente.

De esta manera, el exvicepresidente del correísmo queda únicamente con dos sentencias en firme:

Seis años de cárcel por asociación ilícita en el caso Odebrecht.

Ocho años de cárcel por cohecho en el caso Sobornos.

Las penas de Glas suman 14 años.

 

Dependerá de un juez decidir cómo se computan y cuánto tiempo debe cumplir en prisión antes de acceder al beneficio de la

prelibertad.

Paulina Araujo, abogada penalista, explica que en este caso hay dos lecturas:

Por un lado, se podría considerar que como Glas fue juzgado con base en el Código Penal derogado, en la ejecución y cómputo

de las penas

se debería aplicar la misma norma.

Según el código derogado, cuando una persona tiene más de una pena, actúa el principio de absorción.

Es decir, la condena más larga absorbe a la más corta.

En este caso, Glas solo debería cumplir los ocho años por el caso Sobornos.

 

La otra alternativa es que, como las sentencias se dieron cuando ya estaba en vigencia el Código Orgánico Integral Penal (COIP)

para la ejecución debería aplicarse esta norma.

Según esta norma, las penas se acumulan hasta el doble de la pena mayor.

 

Defensa de Glass plantea unificación de penas:

En este escenario, la defensa de Glas deberá plantear un recurso de unificación de penas y el juez que asuma la causa debe determinar

el cómputo final.

En noviembre de 2021 y en enero de 2022, Glas ya interpuso ese recurso, pero en ambas ocasiones le fue negado porque estaba

de por medio la sentencia del caso Singue.

Ahora, sin ese proceso activo, el camino se abriría.

Glas está preso desde octubre de 2017. Entre abril y mayo de 2022, con base en un habeas corpus que luego fue anulado, estuvo

40 días en libertad.

Es decir, hasta el 10 de octubre de 2022 el exvicepresidente ya cumple 1.825 días preso.

 

Si se le aplica el Código Penal derogado, ya habría cumplido el 62% de la pena y estaría listo para salir en prelibertad.

Pero, si se le aplica el COIP, apenas tendría el 36% de la pena cumplida y todavía seguiría detenido.

¿Se apelará la nulidad?

En el fallo del Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) no se evaluó la sentencia de primera instancia

que halló culpables a siete implicados en el caso Singue.

Los jueces declararon nula toda la investigación, la audiencia intermedia y el juicio.

Esto porque el caso se construyó con base en un informe de Contraloría, pero dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo

declararon inválido el informe por extemporáneo.

Juan Pablo Albán y Paúl Ocaña, abogados de los procesados, explican que esta decisión es definitiva porque la Corte Nacional

emitió una resolución con la que se elimina la posibilidad de impugnar una declaración de nulidad en etapa de apelación.

Un nuevo caso Singue:

En su decisión, el Tribunal de Apelación de la CNJ dispuso anular todo el caso Singue desde la etapa de formulación de cargos.

La Fiscalía podría volver a formular cargos contra los procesados y empezar de cero la investigación.

Desde 2019, por una sentencia de la Corte Constitucional (CC)

ya no es necesario el informe de Contraloría para iniciar un caso penal.

 

El caso se centra en las supuestas irregularidades en la adjudicación del contrato para la extracción de petróleo en el campo Singue

durante el gobierno de Rafael Correa.

Según la Fiscalía, los 15 procesados cometieron peculado.

El perjuicio se habría producido al fijar un precio de USD 33,5 por barril producido, que es inferior al valor de la oferta inicial. (I)

 

Fuente: evafm.net