{"id":36408,"date":"2018-07-20T13:18:10","date_gmt":"2018-07-20T18:18:10","guid":{"rendered":"http:\/\/www.evafm.net\/sitio\/?p=36408"},"modified":"2018-07-20T13:18:10","modified_gmt":"2018-07-20T18:18:10","slug":"entre-julio-y-agosto-empleados-podran-actualizar-su-formulario-con-la-proyeccion-de-gastos-personales-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/entre-julio-y-agosto-empleados-podran-actualizar-su-formulario-con-la-proyeccion-de-gastos-personales-2018\/","title":{"rendered":"Entre julio y agosto, empleados podr\u00e1n actualizar su formulario con la proyecci\u00f3n de gastos personales 2018"},"content":{"rendered":"<p>S\u00f3lo los trabajadores bajo relaci\u00f3n de dependencia que entregaron en enero pasado el formulario con su\u00a0<strong>proyecci\u00f3n de gastos personales<\/strong>\u00a0del 2018 podr\u00e1n llenar uno nuevo, en el caso que necesiten realizar ajustes en alguno o en todos los cinco rubros deducibles.<\/p>\n<p>Ese nuevo documento deber\u00e1n entregarlo en la empresa donde laboren, entre los meses de julio y agosto de este a\u00f1o, seg\u00fan se estableci\u00f3 en la resoluci\u00f3n NAC-DGERCGC15-00000316, del Servicio de Rentas Internas (SRI), vigente desde el 6 de abril del 2015.<\/p>\n<p>En esa resoluci\u00f3n se indica que: \u00abCuando en el transcurso del ejercicio fiscal se produjeran cambios en las remuneraciones o en la proyecci\u00f3n de gastos personales del trabajador, el empleador efectuar\u00e1 la correspondiente reliquidaci\u00f3n para efectos de las futuras retenciones mensuales.<\/p>\n<p>En el caso de que el empleado considere que su proyecci\u00f3n de gastos personales ser\u00e1 diferente a la originalmente presentada, podr\u00e1 entregar a su empleador, en los meses de julio o agosto, un nuevo documento para la reliquidaci\u00f3n de las futuras retenciones que correspondan\u00bb.<\/p>\n<p>Para este a\u00f1o se podr\u00e1 deducir hasta\u00a0<strong>$ 3.662,75<\/strong>\u00a0en\u00a0<strong>alimentaci\u00f3n<\/strong>,\u00a0<strong>educaci\u00f3n<\/strong>(incluidos los pagos por arte y cultura),\u00a0<strong>vivienda<\/strong>\u00a0y\u00a0<strong>vestimenta<\/strong>; y s\u00f3lo en\u00a0<strong>salud<\/strong>\u00a0el valor a deducir puede llegar hasta la mitad del total de ingresos anuales de un trabajador, sin excederse de $ 14.651.<\/p>\n<p>Mientras que el valor total que cada contribuyente puede deducir es la mitad de sus ingresos anuales, sin pasarse de $ 14.651.<\/p>\n<p>S\u00f3lo los gastos de salud por enfermedades catastr\u00f3ficas, raras o hu\u00e9rfanas, debidamente certificadas o avaladas por la autoridad sanitaria nacional competente, tendr\u00e1n un tope de $ 22.540 para el 2018.<\/p>\n<p>En el caso de quienes residan en Gal\u00e1pagos, el tope por rubro es de $ 6.604,22; sin pasarse del total de $ 26.416,88 o sin exceder de la mitad del total de ingresos anuales del contribuyente.<\/p>\n<p>S\u00f3lo por gastos de salud el m\u00e1ximo valor ser\u00e1 de $ 26.416,88, y por enfermedades catastr\u00f3ficas, raras o hu\u00e9rfanas es de $ 40.639,62.<\/p>\n<p>El SRI, a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web, indica que: \u00abLas personas naturales podr\u00e1n deducir, dentro de los l\u00edmites se\u00f1alados en la normativa tributaria vigente, sus gastos personales sin IVA e ICE, as\u00ed como los de sus padres, c\u00f3nyuge o pareja en uni\u00f3n de hecho e hijos del sujeto pasivo o de su c\u00f3nyuge o pareja en uni\u00f3n de hecho, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente, siempre y cuando no hayan sido objeto de reembolso de cualquier forma. Los gastos de los padres, hijos mayores de edad e hijos del c\u00f3nyuge o pareja en uni\u00f3n de hecho, dependientes del sujeto pasivo, se incorporan como deducibles desde el ejercicio fiscal 2018\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abPara que los padres sean considerados como dependientes, adicionalmente no deber\u00e1n percibir individualmente pensiones jubilares por parte de la Seguridad Social o patronales, que por s\u00ed solas o sumadas a otras rentas (inclusive las que les sean atribuibles de la sociedad conyugal) superen un salario b\u00e1sico unificado del trabajador en general ($ 386)\u00bb, agrega la oficina de la administraci\u00f3n tributaria.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, \u00ablos comprobantes de venta que sustenten los gastos personales deben estar a nombre del contribuyente o de sus dependientes.<\/p>\n<p>Trat\u00e1ndose de gastos de la unidad familiar, los comprobantes pueden constar a nombre de cualquiera de los c\u00f3nyuges o sus dependientes.<\/p>\n<p>Ambos c\u00f3nyuges pueden utilizar el comprobante de venta para deducci\u00f3n siempre y cuando, entre los dos, no superen el 100% del total del mismo.<\/p>\n<p>Trat\u00e1ndose de gastos de los padres, los gastos sustentados en un mismo comprobante pueden ser utilizados por todos los hijos que hayan cubierto dicho gasto siempre y cuando, entre todos, no superen el 100% del valor del comprobante&#8230; No son deducibles los gastos personales sustentados en comprobantes emitidos desde el exterior\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abLas personas que trabajan en relaci\u00f3n de dependencia no est\u00e1n obligadas a presentar la declaraci\u00f3n de impuesto a la renta, siempre que trabajen con un solo empleador y no proyecten gastos personales, o de haberlo hecho, no existan valores que deban ser reliquidados\u00bb, se\u00f1ala el SRI. (I)<\/p>\n<p><iframe title=\"\u00bfC\u00f3mo llenar el formulario de proyeccio\u0301n de gastos 2018?\" width=\"1200\" height=\"675\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/7eMzUMFTG_0?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe><\/p>\n<p>Fuente: eluniverso.com<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" \r\n\t            data-post_type=\"post\" \r\n\t            data-cat=\"general,noticias-ecuador\" \r\n\t            data-modified=\"120\"\r\n\t            data-created=\"1532092690\"\r\n\t            data-title=\"Entre julio y agosto, empleados podr\u00e1n actualizar su formulario con la proyecci\u00f3n de gastos personales 2018\" \r\n\t            data-home=\"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S\u00f3lo los trabajadores bajo relaci\u00f3n de dependencia que entregaron en enero pasado el formulario con su\u00a0proyecci\u00f3n de gastos personales\u00a0del 2018 podr\u00e1n llenar uno nuevo, en el caso que necesiten realizar ajustes en alguno o en todos los cinco rubros deducibles. 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