{"id":77205,"date":"2023-11-28T19:20:44","date_gmt":"2023-11-29T00:20:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/?p=77205"},"modified":"2023-11-28T19:20:44","modified_gmt":"2023-11-29T00:20:44","slug":"estos-son-los-10-puntos-clave-del-proyecto-de-noboa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/estos-son-los-10-puntos-clave-del-proyecto-de-noboa\/","title":{"rendered":"Estos son los 10 puntos clave del proyecto de Noboa"},"content":{"rendered":"<p>La reforma tributaria presentada por el <strong>Presidente Daniel Noboa<\/strong> el 27 de noviembre de 2023 a la Asamblea no incluye<\/p>\n<p>aumento de tributos para aumentar los ingresos del Estado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En su lugar, el proyecto de Ley, llamado de <strong>Eficiencia Econ\u00f3mica y Generaci\u00f3n de Empleo,<\/strong> plantea una remisi\u00f3n de<\/p>\n<p>intereses como incentivo para que contribuyentes morosos paguen los impuestos.<\/p>\n<p>Con esta medida, Noboa espera una recaudaci\u00f3n de <strong>USD 832 millones en 2024. <\/strong><\/p>\n<p>El gobierno est\u00e1 consciente de que ese ingreso no ser\u00e1 permanente, pues solo se percibir\u00e1 durante 2024.<\/p>\n<p>A futuro, Noboa dice que lo que se dejar\u00e1 de percibir por los beneficios tributarios que contempla la reforma se compensar\u00e1<\/p>\n<p>v\u00eda una reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p><strong>Los principales cambios que propone el proyecto de Ley son:<\/strong><\/p>\n<p><strong>1.- Autoretenci\u00f3n del Impuesto a la Renta en grandes contribuyentes<\/strong><\/p>\n<p><small><\/small>El proyecto propone que a los 499 grandes contribuyentes\u00a0identificados por el SRI no se les realizar\u00e1 retenciones del<\/p>\n<p>Impuesto a la Renta.<\/p>\n<p>En lugar de eso, estas grandes empresas deber\u00e1n efectuar una autoretenci\u00f3n del impuesto de forma mensual, sobre<\/p>\n<p>el total de sus ingresos grabados obtenidos dentro de ese mes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El porcentaje se establecer\u00e1 v\u00eda resoluci\u00f3n de car\u00e1cter general y el valor no podr\u00e1 exceder del 3%.<\/p>\n<p>Los valores que paguen las empresas cada mes constituir\u00e1 cr\u00e9dito tributario al momento de liquidar el Impuesto a la Renta<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan el Gobierno, la medida permitir\u00e1 generar flujos constantes al presupuesto, que resalta, en los considerandos, que los<\/p>\n<p>grandes contribuyentes generan el 55% de la recaudaci\u00f3n total del Impuesto a la Renta.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para Census Consultores, la autorretenci\u00f3n del 3% es excesiva, pues resta liquidez a las empresas.<\/p>\n<p>\u201cHacer ese cambio representa para el Estado <strong>USD 188 millones mensuales adicionales.<\/strong><\/p>\n<p>Es flujo que deber\u00edan recuperar eventualmente (las empresas), pero reci\u00e9n a mediados de 2025, con un nuevo gobierno<\/p>\n<p>en marcha lo cual puede generar inseguridad\u201d, dice John Arias, gerente de <strong>Census Consultores.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>2.- Precios de transferencia<\/strong><\/p>\n<p><small><\/small>Otro art\u00edculo de la reforma de Noboa propone substituir uno de los art\u00edculos innumerados del art\u00edculo 15 de la<\/p>\n<p>Ley de R\u00e9gimen Tributario Interno relacionado con los precios de transferencia.<\/p>\n<p>Hay que recordar que los precios de transferencia son escudos fiscales usados por grandes exportadoras e importadoras<\/p>\n<p>para eludir el pago de impuestos en Ecuador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El SRI introdujo en 2007, durante el gobierno de Rafael Correa, un r\u00e9gimen especial para elevar el pago de impuestos<\/p>\n<p>de estas empresas.<\/p>\n<p>La reforma de Noboa propone eliminar y substituir espec\u00edficamente el art\u00edculo que establece las condiciones para exceptuar<\/p>\n<p>del r\u00e9gimen especial de precios de transferencia a ciertos contribuyentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Sin embargo, llama la atenci\u00f3n que al comparar con lo que establece la actual Ley y lo que propone la reforma tributaria<\/p>\n<p>de Noboa no presenta cambio alguno y establece que ser\u00e1n beneficiarios de quedar fuera de ese r\u00e9gimen cuando:<\/p>\n<p>1. Tengan un impuesto causado superior al 3% de sus ingresos grabables.<\/p>\n<p>2. No realicen operaciones con residentes en para\u00edsos fiscales o reg\u00edmenes fiscales preferenciales.<\/p>\n<p>3. No mantengan suscritos con el Estado contratos para la exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n de recursos no renovables.<\/p>\n<p><strong>3.- No bajar\u00e1 el IVA a la construcci\u00f3n, sino que habr\u00e1 devoluci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto de Ley de Noboa no incluy\u00f3 la reducci\u00f3n del IVA del 12% al 5% para el sector de la construcci\u00f3n.<\/p>\n<p>En su lugar propuso un sistema de devoluci\u00f3n del IVA.<\/p>\n<p>Sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el proyecto de Ley detalla que las personas naturales y empresas que ya pagaron<\/p>\n<p>este tributo en las adquisiciones locales o importaciones para la construcci\u00f3n de proyectos inmobiliarios, tienen derecho a<\/p>\n<p>que ese impuesto les sea reintegrado, sin intereses.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se plantea que la devoluci\u00f3n ocurra en un tiempo no mayor a 90 d\u00edas, a trav\u00e9s de nota de cr\u00e9dito.<\/p>\n<p>Una condici\u00f3n para acceder al beneficio es que el contribuyente cumpla por lo menos con la tasa impositiva efectiva del<\/p>\n<p>sector al que pertenezca.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La tributarista de especialista tributaria y socia de Census Consultores, Cinthia Uzc\u00e1tegui,\u00a0 explica que el SRI usualmente<\/p>\n<p>determina que este tipo de beneficios rigen solo para compras y adquisiciones efectuadas a partir de la vigencia de la Ley<\/p>\n<p>si llega a aprobarse.<\/p>\n<p>Aunque, Uzc\u00e1tegui cree que debe ser aclarado por reglamento, si la ley se aprueba.<\/p>\n<p><small><\/small><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>4.-<\/strong> <strong>Beneficio para inversionistas a trav\u00e9s de residencia fiscal<\/strong><\/p>\n<p>Las personas no residentes en Ecuador que ingresen al pa\u00eds, con cualquier tipo de r\u00e9gimen migratorio, podr\u00e1n acogerse<\/p>\n<p>durante los 120 d\u00edas de su ingreso al r\u00e9gimen especial denominado residencia fiscal temporal.<\/p>\n<p>Con este r\u00e9gimen, ellos estar\u00e1n obligados al pago de todos los impuestos indirectos, como el IVA, pero limitar\u00e1n el pago<\/p>\n<p>de Impuesto a la Renta a las ganancias que exclusivamente generen de fuente ecuatoriana.<\/p>\n<p>La residencia fiscal temporal tendr\u00e1 una vigencia de cinco a\u00f1os contada a partir de su vigencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Estos son los requisitos para acceder al beneficio:<\/strong><\/p>\n<p><small><\/small><\/p>\n<p>Efectuar una inversi\u00f3n m\u00ednima en inmuebles o actividad productiva de USD 150.000 a su entrada al Ecuador y mantenerla<\/p>\n<p>al menos cinco a\u00f1os despu\u00e9s del ingreso al pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tener ingresos probados de USD 2.500 al mes, sobre los que no deber\u00e1 pagar impuestos en Ecuador.<\/p>\n<p>Los residentes fiscales temporales deben afiliarse a la seguridad social.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En casos espec\u00edficos, definidos por reglamento, se podr\u00e1n acoger a la residencia fiscal personas que est\u00e9n en Ecuador por<\/p>\n<p>m\u00e1s de 120 d\u00edas durante el ejercicio fiscal correspondiente, o durante doce meses consecutivos, sin importar que dichos<\/p>\n<p>meses correspondan a ejercicios fiscales diferentes.<\/p>\n<p><small><\/small><\/p>\n<p>El residente fiscal temporal no tendr\u00e1 obligaci\u00f3n de efectuar declaraci\u00f3n patrimonial, no causar\u00e1 Impuesto a la Renta<\/p>\n<p>en el Ecuador por herencias, salvo por aquellos bienes que se encuentren situados en el Ecuador, ni tendr\u00e1 obligaci\u00f3n<\/p>\n<p>de presentar su renta global, ni siquiera de manera informativa.<\/p>\n<p><strong>5.- Sistema estabilidad tributaria<\/strong><\/p>\n<p>Se crea un sistema de estabilidad tributaria.<\/p>\n<p>Es un r\u00e9gimen nuevo que establece que si los contribuyentes se acogen a este sistema tendr\u00e1n estabilidad tributaria<\/p>\n<p>por cinco a\u00f1os, si pagan una tarifa de 25% de Impuesto a la Renta a cambio de un aumento de dos puntos porcentuales<\/p>\n<p>cada a\u00f1o.<\/p>\n<p>Para acogerse a este beneficio, el contribuyente deber\u00e1 cumplir por lo menos con la tasa impositiva efectiva del sector<\/p>\n<p>al que pertenezca.<\/p>\n<p>Para la tributarista de especialista tributaria y socia de Census Consultores, Cinthia Uzc\u00e1tegui, el art\u00edculo es confuso<\/p>\n<p>porque no se entiende cu\u00e1l es la estabilidad tributaria si se incrementa cada a\u00f1o dos puntos al IR.<\/p>\n<p>Cree que esta propuesta debe ser aclarada.<\/p>\n<p><small><\/small><\/p>\n<p><strong>6.- Sanciones por ocultar patrimonio<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto adem\u00e1s plantea sanciones por ocultamiento patrimonial.<\/p>\n<p>As\u00ed, se propone que quienes no declaren al SRI su patrimonio en el exterior ser\u00e1n sancionados con una multa equivalente<\/p>\n<p>al 2% del valor total de sus activos o de sus ingresos del ejercicio fiscal anterior, el monto que sea mayor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esto aplicar\u00e1 por cada mes o fracci\u00f3n de mes de retraso en la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n del patrimonio, sin que el monto<\/p>\n<p>pueda superar el 10% del valor de los activos o del monto de sus ingresos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se plantea que las personas naturales o jur\u00eddicas extranjeras domiciliadas en Ecuador que no entreguen informaci\u00f3n<\/p>\n<p>requerida al SRI ser\u00e1n sancionadas con una multa de 10 remuneraciones b\u00e1sicas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Y, las instituciones financieras sujetas a la <strong>Superintendencia de Bancos y, de Econom\u00eda Popular y Solidaria <\/strong><\/p>\n<p><strong>(cooperativas de ahorro y cr\u00e9dito),<\/strong> que no cumplan con la entrega de informaci\u00f3n requerida por el SRI ser\u00e1n sancionadas<\/p>\n<p>con una multa de <strong>100 a 500 remuneraciones b\u00e1sicas por cada requerimiento.<\/strong><\/p>\n<p><strong>7.- Incentivos para proyectos en energ\u00edas renovables no convencionales<\/strong><\/p>\n<p><small><\/small>Otro beneficio es la exoneraci\u00f3n por 10 a\u00f1os de Impuesto a la Renta para nuevas inversiones en energ\u00edas renovables no<\/p>\n<p>convencionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El mismo beneficio se propone otorgar para proyectos relacionados con la industrializaci\u00f3n de gas natural y asociado en Ecuador.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con esta reforma, tendr\u00e1n derecho a la exoneraci\u00f3n del Impuesto a la Renta por 10 a\u00f1os contados desde el primer a\u00f1o en el que se<\/p>\n<p>generen ingresos atribuibles a la nueva inversi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>8.- Beneficios tributarios si dan becas a estudiantes<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto de Ley otorga deducciones adicionales para el pago del Impuesto a la Renta de empresas.<\/p>\n<p>Entre ellas, deducciones adicionales del 150% por los gastos de publicidad, promoci\u00f3n o auspicio de deportistas.<\/p>\n<p>De igual manera, hay deducciones adicionales cuando apoyen a estudiantes de bajos recursos en formaci\u00f3n dual, otorguen becas<\/p>\n<p>para estudiantes, apoyen a entidades sin fines de lucro centradas en la desnutrici\u00f3n cr\u00f3nica infantil, personas con discapacidad<\/p>\n<p>o con enfermedades catastr\u00f3ficas.<\/p>\n<p>Sin embargo, el proyecto de urgencia econ\u00f3mica, presenta una incongruencia a criterio de Cinthia Uzc\u00e1tegui, de<\/p>\n<p><strong>Census Consultores.<\/strong><\/p>\n<p><small><\/small><\/p>\n<p>Ella dice que el error est\u00e1 espec\u00edficamente en su art\u00edculo 9. La contradicci\u00f3n radica en que el proyecto reforma el art\u00edculo<\/p>\n<p>10 de deducciones de la Ley de R\u00e9gimen Tributario.<\/p>\n<p>No obstante, se tratar\u00eda de un error, dado que lo deb\u00edan modificar es el art\u00edculo 9 de la Ley de R\u00e9gimen Tributario.<\/p>\n<p><strong>9.- Rimpe<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto de Ley propone condonar la obligaci\u00f3n de pago de valores del Impuesto a la Renta de 2022 a los contribuyentes<\/p>\n<p>RIMPE \u2013 Negocios Populares.<\/p>\n<p>Son parte del RIMPE de los negocios populares las personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta<strong> USD 20.000<\/strong><\/p>\n<p>del per\u00edodo anterior.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n forman parte del RIMPE emprendedores con ingresos brutos anuales de hasta <strong>USD 300.000<\/strong> del per\u00edodo anterior.<\/p>\n<p>Sin embargo, por otro lado, la reforma, restablece, en su art\u00edculo 17, las retenciones de impuestos a esos contribuyentes en<\/p>\n<p>pagos por medios electr\u00f3nicos, lo que se hab\u00eda eliminado durante el Gobierno de Guillermo Lasso para simplificar los tr\u00e1mites<\/p>\n<p>para este sector.<\/p>\n<p><small><\/small><\/p>\n<p><strong>10.- Deudas en determinaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el proyecto plantea beneficios para contribuyentes que est\u00e9n dentro de procesos de determinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esto es un proceso de cobro de diferencias entre lo que se declar\u00f3 y lo que el SRI establece que se debi\u00f3 pagar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed, los contribuyentes podr\u00e1n pagar la deuda desde la notificaci\u00f3n hasta antes de la emisi\u00f3n del acto de determinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si el contribuyente acepta y paga toda la obligaci\u00f3n en siete d\u00edas, se condonar\u00e1 el 75% de intereses y multas sin que se<\/p>\n<p>generen recargos.<\/p>\n<p>Fuente: evafm.net &#8211; primicias.com<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" \r\n\t            data-post_type=\"post\" \r\n\t            data-cat=\"general,noticias-ecuador\" \r\n\t            data-modified=\"120\"\r\n\t            data-created=\"1701199244\"\r\n\t            data-title=\"Estos son los 10 puntos clave del proyecto de Noboa\" \r\n\t            data-home=\"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reforma tributaria presentada por el Presidente Daniel Noboa el 27 de noviembre de 2023 a la Asamblea no incluye aumento de tributos para aumentar los ingresos del Estado. &nbsp; En su lugar, el proyecto de Ley, llamado de Eficiencia Econ\u00f3mica y Generaci\u00f3n de Empleo, plantea una remisi\u00f3n de intereses como incentivo para que contribuyentes&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":77206,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[1720,1558],"tags":[],"class_list":["post-77205","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-general","category-noticias-ecuador","have-post-thumb"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/77205","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=77205"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/77205\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":77207,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/77205\/revisions\/77207"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/77206"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=77205"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=77205"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.evafm.net\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=77205"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}