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Restricciones en Ecuador en feriado de fin de año

El feriado nacional en Ecuador con el que se despedirá el 2021 se iniciará el viernes 31 de diciembre y se prolongará hasta el próximo 2 de enero del 2022.

El Ministerio de Salud confirmó que el contagio con la nueva variante del coronavirus es comunitario en el país.

Las medidas fueron elaboradas para contener la propagación del covid-19 frente a los festejos del fin del 2021 y Año nuevo.

Estas nuevas medidas por el COE fueron emitidas el pasado 21 de diciembre.

Monigotes:

La quema y exhibición de los años viejos está prohibida en eventos públicos en donde se puedan producir aglomeraciones que propicien

la transmisión del virus: festivales y concursos.

La restricción no incluye espacios privados o los realizados en círculos familiares.

Aforos:

Solo se permitirá el aforo del 75% en mercados, ferias, supermercados (una persona por familia), centros
comerciales, museos, entidades financieras y entidades gubernamentales con atención al público.

Se limita al 50% el aforo en restaurantes, patios de comida, templos religiosos, ferias de emprendimiento

cines y teatros (sin venta y consumo de alimentos y bebidas), gimnasios, balnearios, spa y similares

(sin atención en baños turcos y saunas).

Suspensión de eventos públicos y privados:

Se prohíbe la realización de actividades masivas festivas en bares, discotecas, centros de tolerancia y afines, centros de convenciones

(cenas y almuerzos corporativos), salas de recepciones, conciertos en espacio público, festivales de año viejo, fiestas populares

verbenas, bailes populares y eventos barriales.

Playas:

Se permite el acceso a las playas y balnearios del Ecuador pero solo durante 12 horas, desde las 06:00 hasta las 18:00.

En estos lugares turísticos solo se permitirá un aforo del 75%.

 

Requerimiento del carné de vacunación en actividades no esenciales

El Ministerio de Salud dispuso que la vacunación contra el covid-19 es obligatoria en el Ecuador.

Luego de expedir la norma se recordó que toda persona mayor de 12 años debe presentar el certificado que aplica

“exclusivamente para actividades no esenciales, quedando exentas aquellas dedicadas a salud, educación, trabajo y servicios públicos.

El control y vigilancia del cumplimiento de esta medida corresponderá a las intendencias de Policía”.

Transporte interprovincial

El aforo permitido en las unidades de transporte será del 100% para que los viajeros puedan movilizarse a distintos destinos.

Vigencia

Las nuevas resoluciones estarán vigentes hasta las 23:59 del próximo 23 de enero. (I)

 

Fuente. evafm.net